Resumen de la ficha: QUADRIS es un producto fitosanitario con número de registro 21809, actualmente vigente, cuyo titular es SYNGENTA ESPAÑA, S.A. y fabricante SYNGENTA LIMITED.
La ficha resume función fungicida; formulado AZOXISTROBIN 25% [SC] P/V; sustancia activa AZOXISTROBIN.
También se indican datos administrativos del registro: caducidad 2027/05/31, última modificación 03-01-2025, ámbito Aire libre, tipo de usuario Profesional.
En esta página se muestran 3 usos autorizados oficiales vinculados a cultivos como Vid y a plagas o agentes como Black rot, podredumbre negra de la vid, Phyllosticta ampelicida, Mildiu de la vid, Plasmopara viticola, Oídio de la vid, Erysiphe necator, junto con dosis, plazo de seguridad, volumen de caldo, aplicaciones y condiciones cuando constan en REGFI.
En los usos oficiales importados, la dosis autorizada se sitúa en 0,084–0,2 % o dentro de ese rango, según cultivo y agente.
Los usos oficiales indican hasta 3 aplicaciones cuando este dato está disponible.
El plazo de seguridad numérico detectado en los usos oficiales es de 21 días cuando aplica.
El condicionamiento oficial menciona aspectos como pulverización foliar, aire libre, uso profesional, tractor, mochila, que deben revisarse en el texto completo antes de aplicar.
Revise los datos detallados más abajo y seleccione el cultivo, agente, dosis, plazo y condiciones que correspondan a su caso concreto antes de aplicar el producto.
Formulado: AZOXISTROBIN 25% [SC] P/V
Titular: SYNGENTA ESPAÑA, S.A.
Fabricante: SYNGENTA LIMITED
Fecha inscripción: Sin datos
Fecha modificación: 03-01-2025
Son accesos internos generados desde los datos detectados en la ficha. Los usos autorizados completos están en el bloque de usos oficiales.
Ficha completa de usos oficiales. Los usos aparecen ordenados por cultivo y plaga/agente. Se muestran primero los datos prácticos: dosis, plazo, volumen y aplicaciones. Las condiciones largas quedan plegadas.
Uso oficial
Intervalo: 10-14
Tipo de usuario: –
Ámbito: –
Sistema de cultivo: –
Método de aplicación: –
BBCH: –
Condiciones: Uso en vid de mesa y vid de vinificación. Realizar los tratamientos en bloque, según la intensidad de la enfermedad. Aplicar desde que las tres primeras hojas están desplegadas hasta el comienzo de la maduración (BBCH 13-81).
Dosis por aplicación: 1 l/ha.
Uso oficial
Intervalo: 10-14
Tipo de usuario: –
Ámbito: –
Sistema de cultivo: –
Método de aplicación: –
BBCH: –
Condiciones: Uso en vid de mesa y vid de vinificación. Realizar los tratamientos en bloque, según la intensidad de la enfermedad. Aplicar desde que las tres primeras hojas están desplegadas hasta el comienzo de la maduración (BBCH 13-81).
Dosis por aplicación: 1 l/ha.
Uso oficial
Intervalo: 10-14
Tipo de usuario: –
Ámbito: –
Sistema de cultivo: –
Método de aplicación: –
BBCH: –
Condiciones: Uso en vid de mesa y vid de vinificación. Realizar los tratamientos en bloque, según la intensidad de la enfermedad. Aplicar desde que las tres primeras hojas están desplegadas hasta el comienzo de la maduración (BBCH 13-81).
Dosis por aplicación: 1 l/ha.
| Cultivo | Plaga/agente | Dosis | Plazo | Volumen | Aplic. | Intervalo | Usuario | Ámbito | Sistema | Método | BBCH | Condiciones |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Vid | Black rot, podredumbre negra de la vid, Phyllosticta ampelicida | 0.084 – 0.2 % | 21 | 500-1.200 l/ha | Máx. 3 | 10-14 | – | – | – | – | – | Uso en vid de mesa y vid de vinificación. Realizar los tratamientos en bloque, según la intensidad de la enfermedad. Aplicar desde que las tres primeras hojas están desplegadas hasta el comienzo de la maduración (BBCH 13-81). Dosis por aplicación: 1 l/ha. |
| Vid | Mildiu de la vid, Plasmopara viticola | 0.084 – 0.2 % | 21 | 500-1.200 l/ha | Máx. 3 | 10-14 | – | – | – | – | – | Uso en vid de mesa y vid de vinificación. Realizar los tratamientos en bloque, según la intensidad de la enfermedad. Aplicar desde que las tres primeras hojas están desplegadas hasta el comienzo de la maduración (BBCH 13-81). Dosis por aplicación: 1 l/ha. |
| Vid | Oídio de la vid, Erysiphe necator | 0.084 – 0.2 % | 21 | 500-1.200 l/ha | Máx. 3 | 10-14 | – | – | – | – | – | Uso en vid de mesa y vid de vinificación. Realizar los tratamientos en bloque, según la intensidad de la enfermedad. Aplicar desde que las tres primeras hojas están desplegadas hasta el comienzo de la maduración (BBCH 13-81). Dosis por aplicación: 1 l/ha. |
Datos completados desde las tablas internas oficiales de REGFI y guardados en la base de datos local. La ficha pública no consulta REGFI en directo.
| Función oficial | Fungicida |
|---|
| Código | Sustancia activa | Familia |
|---|---|---|
| 8 | AZOXISTROBIN | Sin datos |
Cultivos detectados: vid
Plagas/agentes detectados: mildiu, oidio
Estos campos son detecciones automáticas. El cruce exacto cultivo + plaga + dosis + plazo se muestra en usos autorizados oficiales.
Este resumen se genera automáticamente a partir de los usos autorizados y del condicionamiento oficial importado. No sustituye la etiqueta ni el texto oficial completo.
Importante: revise abajo el condicionamiento oficial completo y seleccione el cultivo, agente, dosis, plazo y condiciones que correspondan a su caso concreto.
Texto oficial completo importado desde REGFI. Revíselo junto con el cultivo, agente, dosis, plazo y condiciones concretas de su caso antes de aplicar el producto.
A veces, en los primeros estados de desarrollo de la vid, con temperaturas bajas y humedades relativas altas, pueden aparecer decoloraciones internerviales en las hojas, que desaparecen posteriormente y que no afectan para nada ni al desarrollo vegetativo del cultivo ni a la cosecha.
Antes de utilizar el envase y debido a que es una formulación coloidal se recomienda agitarlo fuertemente.
Si fuese necesario realizar más tratamientos utilizar un producto con diferente modo de acción. Cuando se desconozca su compatibilidad con otro producto, se recomienda hacer un reducido ensayo previo sobre el cultivo a tratar, para observar la compatibilidad física en la mezcla y la reacción del cultivo en los días siguientes al ensayo. Esto es especialmente recomendable cuando se mezcle con formulados como “Concentrado Emulsionable”.
Producto no autorizado en ámbitos distintos de la producción primaria agraria definidos en el artículo 46 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre.
Sin cambios históricos registrados todavía para este producto.