BLOSSOM PROTECT
Resumen de la ficha: BLOSSOM PROTECT es un producto fitosanitario con número de registro 25632, actualmente vigente, cuyo titular es SAN Agrow Holding GmbH.
La ficha resume función bactericida, fungicida; formulado AUREOBASIDIUM PULLULANS (CEPA DSM 14940) 25% (2,5 X 10E9 CFU/G) + AUREOBASIDIUM PULLULANS (CEPA DSM 14941) 25% (2,5 X 10E9 CFU/G) [WG] P/P; sustancia activa Aureobasidium pullulans DSM 14940, Aureobasidium pullulans DSM 14941.
También se indican datos administrativos del registro: caducidad 2027/06/30, última modificación 23-01-2025, ámbito Aire libre.
En esta página se muestran 27 usos autorizados oficiales vinculados a cultivos como Albaricoquero, Cerezo, Ciruelo, Endrino, Frutales de cáscara y a plagas o agentes como Botrytis spp., Penicilium, Penicillium spp., Fuego bacteriano de las rosáceas, Erwinia amylovora, Pezicula spp., junto con dosis, plazo de seguridad, volumen de caldo, aplicaciones y condiciones cuando constan en el Registro de Productos Fitosanitarios.
En los usos oficiales, la dosis autorizada se sitúa en 0,5–2,25 Kg/ha o dentro de ese rango, según cultivo y agente.
El número de aplicaciones indicado en los usos oficiales varía entre 1 y 5, dependiendo del uso autorizado.
Algunos usos oficiales pueden indicar plazo de seguridad no procedente o no aplicable, según el caso concreto.
El condicionamiento oficial menciona aspectos como pulverización foliar, aire libre, tractor, que deben revisarse en el texto completo antes de aplicar.
Revise los datos detallados más abajo y seleccione el cultivo, agente, dosis, plazo y condiciones que correspondan a su caso concreto antes de aplicar el producto.
- Datos oficiales estructurados para consulta rápida.
- Usos autorizados con cultivo, plaga/agente, dosis, aplicaciones y plazo cuando están disponibles.
- Condicionamiento oficial completo visible para verificar limitaciones, forma de aplicación y condiciones de uso.
25632
Vigente
30-06-2027
Sin clasificar
🧾 Datos generales y enlaces
Formulado: AUREOBASIDIUM PULLULANS (CEPA DSM 14940) 25% (2,5 X 10E9 CFU/G) + AUREOBASIDIUM PULLULANS (CEPA DSM 14941) 25% (2,5 X 10E9 CFU/G) [WG] P/P
Titular: SAN Agrow Holding GmbH
Fabricante: SAN Agrow Holding GmbH
Fecha modificación: 23-01-2025
Ver más enlaces relacionados (12)
Higuera, Lima, Manzano, Membrillero, Níspero, níspero del Japón, Peral, Plantaciones tropicales y subtropicales, Toronja, pomelo, Botrytis spp., Penicilium, Penicillium spp., Fuego bacteriano de las rosáceas, Erwinia amylovora, Pezicula spp.Son accesos internos generados desde los datos detectados en la ficha. Los usos autorizados completos están en el bloque de usos oficiales.
Son comparativas de consulta. No sustituyen la etiqueta ni significan necesariamente misma dosis, plazo, formulación o condiciones.
🔬 Productos con la misma sustancia activa (2)
Otros productos del Registro de Productos Fitosanitarios con las sustancias activas Aureobasidium pullulans DSM 14940, Aureobasidium pullulans DSM 14941. Útil para localizar alternativas por sustancia activa, pero no implica que tengan el mismo formulado, dosis, cultivo autorizado ni condiciones de uso.
Se muestran todos los 2 productos detectados con la misma sustancia activa principal.
🎯 Productos con usos autorizados similares (13)
Otros productos que coinciden con alguno de los cruces exactos de cultivo + plaga/agente de esta ficha. Sirve para localizar alternativas de consulta, pero no implica mismo formulado, dosis, plazo, número de aplicaciones ni condiciones de uso.
Buscar primera coincidenciaSe muestran todos los 13 productos detectados con usos autorizados similares.
✅ Usos autorizados oficiales: cultivo, plaga, dosis y plazo
Usos autorizados del producto. Consulta los usos por cultivo y plaga/agente. Primero se muestran los datos prácticos: dosis, plazo de seguridad, volumen y aplicaciones. Las condiciones completas quedan plegadas para facilitar la lectura.
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Condiciones: (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*)
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Condiciones: El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar desde comienzo de floración hasta la mayoría de los pétalos caídos.
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Condiciones: El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89.
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Condiciones: El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 61-67.
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Condiciones: Incluye nashi. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89.
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Condiciones: Incluye nashi. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 61-67.
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Condiciones: Incluye nashi. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89.
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Condiciones: Incluye nashi. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89.
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Condiciones: (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Uso aire libre. Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*)
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Condiciones: (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Uso aire libre. Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*)
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Condiciones: (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*)
Ver tabla técnica completa
| Cultivo | Plaga/agente | Dosis | Plazo de seguridad | Volumen | Aplicaciones | Intervalo | Usuario | Ámbito | Sistema | Método | BBCH | Condiciones |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Albaricoquero | Botrytis spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 4 | -- | - | - | - | - | - | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Cerezo | Botrytis spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 4 | -- | - | - | - | - | - | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Ciruelo | Botrytis spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 4 | -- | - | - | - | - | - | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Endrino | Botrytis spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 4 | -- | - | - | - | - | - | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Frutales de cáscara | Botrytis spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 4 | -- | - | - | - | - | - | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Higuera | Botrytis spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 4 | -- | - | - | - | - | - | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Higuera | Penicilium, Penicillium spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 4 | -- | - | - | - | - | - | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Lima | Penicilium, Penicillium spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 4 | -- | - | - | - | - | - | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Manzano | Botrytis spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo. |
| Manzano | Fuego bacteriano de las rosáceas, Erwinia amylovora | 0,75–2,25 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-5 | 1 día | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar desde comienzo de floración hasta la mayoría de los pétalos caídos. |
| Manzano | Penicilium, Penicillium spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo. |
| Manzano | Pezicula spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo. |
| Membrillero | Botrytis spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89. |
| Membrillero | Fuego bacteriano de las rosáceas, Erwinia amylovora | 0,75–2,25 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-5 | 1 día | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 61-67. |
| Membrillero | Penicilium, Penicillium spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89. |
| Membrillero | Pezicula spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89. |
| Níspero, níspero del Japón | Botrytis spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89. |
| Níspero, níspero del Japón | Fuego bacteriano de las rosáceas, Erwinia amylovora | 0,75–2,25 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-5 | 1 día | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 61-67. |
| Níspero, níspero del Japón | Penicilium, Penicillium spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89. |
| Níspero, níspero del Japón | Pezicula spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89. |
| Peral | Botrytis spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | Incluye nashi. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89. |
| Peral | Fuego bacteriano de las rosáceas, Erwinia amylovora | 0,75–2,25 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-5 | 1 día | - | - | - | - | - | Incluye nashi. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 61-67. |
| Peral | Penicilium, Penicillium spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | Incluye nashi. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89. |
| Peral | Pezicula spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 1-4 | -- | - | - | - | - | - | Incluye nashi. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Aplicar durante BBCH 81-89. |
| Plantaciones tropicales y subtropicales | Botrytis spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 4 | -- | - | - | - | - | - | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Uso aire libre. Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Plantaciones tropicales y subtropicales | Penicilium, Penicillium spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 4 | -- | - | - | - | - | - | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Uso aire libre. Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Toronja, pomelo | Penicilium, Penicillium spp. | 0,5–1,5 Kg/ha | No procede | 500 - 1500 l/ha (ver condicionamiento) | 4 | -- | - | - | - | - | - | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar mediante pulverización foliar desde el inicio de la maduración del fruto hasta maduro para su consumo; BBCH 80-89. El volumen de caldo y la dosis deberán adaptarse a la altura de la espaldera (500 l/ha y la dosis mínima para 1 m de altura, 1500 l/ha y la dosis máxima para 3 m de altura). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
Función y sustancias oficiales
| Función oficial | Bactericida, Fungicida |
|---|
| Código | Sustancia activa |
|---|---|
| 8 | Aureobasidium pullulans DSM 14940 |
| 8 | Aureobasidium pullulans DSM 14941 |
🌱 Datos detectados automáticamente
Cultivos detectados: frutales, manzano, peral, cerezo, ciruelo
Plagas/agentes detectados: botrytis
Estos campos son detecciones automáticas. El cruce exacto cultivo + plaga + dosis + plazo se muestra en usos autorizados oficiales.
Resumen basado en los usos oficiales del producto
Resumen basado en los usos oficiales del producto. Revisa siempre la etiqueta antes de aplicar.
- En los usos oficiales, la dosis autorizada se sitúa en 0,5–2,25 Kg/ha o dentro de ese rango, según cultivo y agente.
- El número de aplicaciones indicado en los usos oficiales varía entre 1 y 5, dependiendo del uso autorizado.
- Algunos usos oficiales pueden indicar plazo de seguridad no procedente o no aplicable, según el caso concreto.
Importante: revisa el condicionamiento completo y selecciona el cultivo, agente, dosis, plazo de seguridad y condiciones que correspondan a tu caso concreto.
📌 Condiciones oficiales de uso
Revise este texto junto con el cultivo, plaga, dosis, plazo y condiciones concretas de su caso antes de aplicar el producto.
Histórico del producto
Cuando se confirmen nuevas actualizaciones del Registro de Productos Fitosanitarios, los cambios relevantes aparecerán aquí.