Resumen de la ficha: VENZAR es un producto fitosanitario con número de registro 11571, actualmente cancelado, cuyo titular es FMC Agricultural Solutions S.A.U. y fabricante FMC IP Technology LLC, Vernier Branch (FIT-V).
La ficha resume función herbicida; formulado LENACILO 80% [WP] P/P; sustancia activa LENACILO.
En esta página se muestran 6 usos autorizados oficiales vinculados a cultivos como Espinaca, Remolacha azucarera, Remolacha forrajera y a plagas o agentes como Dicotiledóneas anuales, Gramíneas anuales, junto con dosis, plazo de seguridad, volumen de caldo, aplicaciones y condiciones cuando constan en REGFI.
En los usos oficiales importados, la dosis autorizada se sitúa en 0–0,625 Kg/ha o dentro de ese rango, según cultivo y agente.
Los usos oficiales indican hasta 1 aplicaciones cuando este dato está disponible.
Algunos usos oficiales pueden indicar plazo de seguridad no procedente o no aplicable, según el caso concreto.
El condicionamiento oficial menciona aspectos como suelo, evitar contacto o deriva, resistencias / alternancia, que deben revisarse en el texto completo antes de aplicar.
Revise los datos detallados más abajo y seleccione el cultivo, agente, dosis, plazo y condiciones que correspondan a su caso concreto antes de aplicar el producto.
Formulado: LENACILO 80% [WP] P/P
Titular: FMC Agricultural Solutions S.A.U.
Fabricante: FMC IP Technology LLC, Vernier Branch (FIT-V)
Fecha inscripción: Sin datos
Fecha modificación: Sin datos
Son accesos internos generados desde los datos detectados en la ficha. Los usos autorizados completos están en el bloque de usos oficiales.
Ficha completa de usos oficiales. Los usos aparecen ordenados por cultivo y plaga/agente. Se muestran primero los datos prácticos: dosis, plazo, volumen y aplicaciones. Las condiciones largas quedan plegadas.
Uso oficial
Intervalo: –
Tipo de usuario: –
Ámbito: –
Sistema de cultivo: –
Método de aplicación: –
BBCH: –
Condiciones: (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) En post-siembra y pre-emergencia del cultivo (BBCH 00-09). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*)
Uso oficial
Intervalo: –
Tipo de usuario: –
Ámbito: –
Sistema de cultivo: –
Método de aplicación: –
BBCH: –
Condiciones: (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) En post-siembra y pre-emergencia del cultivo (BBCH 00-09). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*)
Uso oficial
Intervalo: –
Tipo de usuario: –
Ámbito: –
Sistema de cultivo: –
Método de aplicación: –
BBCH: –
Condiciones: En presiembra incorporado, preemergencia y postemergencia (a partir del estado de 4 hojas hasta que éste cubra el suelo).
Uso oficial
Intervalo: –
Tipo de usuario: –
Ámbito: –
Sistema de cultivo: –
Método de aplicación: –
BBCH: –
Condiciones: En presiembra incorporado, preemergencia y postemergencia (a partir del estado de 4 hojas hasta que éste cubra el suelo).
Uso oficial
Intervalo: –
Tipo de usuario: –
Ámbito: –
Sistema de cultivo: –
Método de aplicación: –
BBCH: –
Condiciones: En presiembra incorporado, preemergencia y postemergencia (a partir del estado de 4 hojas hasta que éste cubra el suelo).
Uso oficial
Intervalo: –
Tipo de usuario: –
Ámbito: –
Sistema de cultivo: –
Método de aplicación: –
BBCH: –
Condiciones: En presiembra incorporado, preemergencia y postemergencia (a partir del estado de 4 hojas hasta que éste cubra el suelo).
| Cultivo | Plaga/agente | Dosis | Plazo | Volumen | Aplic. | Intervalo | Usuario | Ámbito | Sistema | Método | BBCH | Condiciones |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Espinaca | Dicotiledóneas anuales | 0 – 0.437 Kg/ha | NP | 200-600 l/ha | 1 | – | – | – | – | – | – | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) En post-siembra y pre-emergencia del cultivo (BBCH 00-09). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Espinaca | Gramíneas anuales | 0 – 0.437 Kg/ha | NP | 200-600 l/ha | 1 | – | – | – | – | – | – | (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) En post-siembra y pre-emergencia del cultivo (BBCH 00-09). Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*) |
| Remolacha azucarera | Dicotiledóneas anuales | 0.6 – 0.625 Kg/ha | NP | 200-600 l/ha | 1 | – | – | – | – | – | – | En presiembra incorporado, preemergencia y postemergencia (a partir del estado de 4 hojas hasta que éste cubra el suelo). |
| Remolacha azucarera | Gramíneas anuales | 0.6 – 0.625 Kg/ha | NP | 200-600 l/ha | 1 | – | – | – | – | – | – | En presiembra incorporado, preemergencia y postemergencia (a partir del estado de 4 hojas hasta que éste cubra el suelo). |
| Remolacha forrajera | Dicotiledóneas anuales | 0.6 – 0.625 Kg/ha | NP | 200-600 l/ha | 1 | – | – | – | – | – | – | En presiembra incorporado, preemergencia y postemergencia (a partir del estado de 4 hojas hasta que éste cubra el suelo). |
| Remolacha forrajera | Gramíneas anuales | 0.6 – 0.625 Kg/ha | NP | 200-600 l/ha | 1 | – | – | – | – | – | – | En presiembra incorporado, preemergencia y postemergencia (a partir del estado de 4 hojas hasta que éste cubra el suelo). |
Datos completados desde las tablas internas oficiales de REGFI y guardados en la base de datos local. La ficha pública no consulta REGFI en directo.
| Función oficial | Herbicida |
|---|
| Código | Sustancia activa | Familia |
|---|---|---|
| 16 | LENACILO | Sin datos |
Cultivos detectados: remolacha
Plagas/agentes detectados: malas hierbas
Estos campos son detecciones automáticas. El cruce exacto cultivo + plaga + dosis + plazo se muestra en usos autorizados oficiales.
Este resumen se genera automáticamente a partir de los usos autorizados y del condicionamiento oficial importado. No sustituye la etiqueta ni el texto oficial completo.
Importante: revise abajo el condicionamiento oficial completo y seleccione el cultivo, agente, dosis, plazo y condiciones que correspondan a su caso concreto.
Texto oficial completo importado desde REGFI. Revíselo junto con el cultivo, agente, dosis, plazo y condiciones concretas de su caso antes de aplicar el producto.
Pre siembra – La utilización del producto antes de la siembra se recomienda cuando sea poco probable que llueva las 2-3 semanas siguientes a la aplicación. Una vez aplicado el producto, se incorporará al suelo, a una profundidad de 2-3 cm. por medio de dos pases de grada cruzados. La siembra se efectuará a continuación o como máximo, en los 2-3 días siguientes a la incorporación.
Preemergencia – Aplicar al tiempo de la siembra o inmediatamente después, siempre antes de la nascencia del cultivo.
Post-emergencia – La aplicación se hará a partir del estado de 4 hojas del cultivo hasta que el cultivo cubra el suelo. El producto puede ser usado sólo si las malas hierbas no están presentes en el momento de la aplicación.
Los suelos arenosos que sean pobres en materia orgánica, no deben ser tratados con el producto.
Después de la aplicación, mover el terreno lo menos posible.
Lluvias prolongadas y temperaturas anormalmente bajas pueden afectar la remolacha produciendo una leve paralización en su desarrollo; en tal caso el producto puede producir temporalmente clorosis en las nervaduras foliares. En general, estos fenómenos son pasajeros y no suelen afectar a la producción.
No deberán ponerse otros cultivos hasta cuatro meses después de la aplicación y previa labor de arado. Si por cualquier razón, hubiera que sustituir el cultivo antes de los cuatro meses, solamente se pondrá remolacha, espinacas u otro cultivo tolerante, sin repetir la aplicación del herbicida.
Para evitar la aparición y proliferación de biotipos naturales resistentes se recomienda usar el producto con otro herbicida cuyo modo de acción sea diferente, pero con buena eficacia herbicida, bien en secuencia o rotación.
En la etiqueta se darán las instrucciones para la correcta utilización del producto y se advertirá de los eventuales riesgos que pudiera presentar.
Sin cambios históricos registrados todavía para este producto.