Resumen de la ficha: EMCEE es un producto fitosanitario con número de registro ES-00875, actualmente vigente, cuyo titular es SHARDA CROPCHEM ESPAÑA S.L. y fabricante SHARDA CROPCHEM LTD..
La ficha resume función herbicida; formulado MCPA 75% (SAL DIMETILAMINA) [SL] P/V; sustancia activa MCPA.
También se indican datos administrativos del registro: caducidad 2026/08/15, última modificación 30-10-2023.
En esta página se muestran 1 usos autorizados oficiales vinculados a cultivos como Cereales de invierno / primavera y a plagas o agentes como Dicotiledóneas, malas hierbas de hoja ancha, junto con dosis, plazo de seguridad, volumen de caldo, aplicaciones y condiciones cuando constan en REGFI.
En los usos oficiales importados, la dosis autorizada se sitúa en 1 l/ha o dentro de ese rango, según cultivo y agente.
Los usos oficiales indican hasta 1 aplicaciones cuando este dato está disponible.
Algunos usos oficiales pueden indicar plazo de seguridad no procedente o no aplicable, según el caso concreto.
El condicionamiento oficial menciona aspectos como pulverización foliar, resistencias / alternancia, que deben revisarse en el texto completo antes de aplicar.
Revise los datos detallados más abajo y seleccione el cultivo, agente, dosis, plazo y condiciones que correspondan a su caso concreto antes de aplicar el producto.
Formulado: MCPA 75% (SAL DIMETILAMINA) [SL] P/V
Titular: SHARDA CROPCHEM ESPAÑA S.L.
Fabricante: SHARDA CROPCHEM LTD.
Fecha inscripción: Sin datos
Fecha modificación: 30-10-2023
Son accesos internos generados desde los datos detectados en la ficha. Los usos autorizados completos están en el bloque de usos oficiales.
Ficha completa de usos oficiales. Los usos aparecen ordenados por cultivo y plaga/agente. Se muestran primero los datos prácticos: dosis, plazo, volumen y aplicaciones. Las condiciones largas quedan plegadas.
Uso oficial
Intervalo: —
Tipo de usuario: –
Ámbito: –
Sistema de cultivo: –
Método de aplicación: –
BBCH: –
Condiciones: Para trigo, cebada, centeno y avena en siembra de otoño/invierno y primavera, y para triticale en siembra de invierno.
En siembra de invierno aplicar en el BBCH 31-39 y en siembra de primavera aplicar en el BBCH 13-32.
| Cultivo | Plaga/agente | Dosis | Plazo | Volumen | Aplic. | Intervalo | Usuario | Ámbito | Sistema | Método | BBCH | Condiciones |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Cereales de invierno / primavera | Dicotiledóneas, malas hierbas de hoja ancha | 1 l/ha | No procede | 200-400 l/ha | 1 | — | – | – | – | – | – | Para trigo, cebada, centeno y avena en siembra de otoño/invierno y primavera, y para triticale en siembra de invierno. En siembra de invierno aplicar en el BBCH 31-39 y en siembra de primavera aplicar en el BBCH 13-32. |
Datos completados desde las tablas internas oficiales de REGFI y guardados en la base de datos local. La ficha pública no consulta REGFI en directo.
| Función oficial | Herbicida |
|---|
| Código | Sustancia activa | Familia |
|---|---|---|
| 8 | MCPA | Sin datos |
Cultivos detectados: trigo, cebada
Plagas/agentes detectados: malas hierbas
Estos campos son detecciones automáticas. El cruce exacto cultivo + plaga + dosis + plazo se muestra en usos autorizados oficiales.
Este resumen se genera automáticamente a partir de los usos autorizados y del condicionamiento oficial importado. No sustituye la etiqueta ni el texto oficial completo.
Importante: revise abajo el condicionamiento oficial completo y seleccione el cultivo, agente, dosis, plazo y condiciones que correspondan a su caso concreto.
Texto oficial completo importado desde REGFI. Revíselo junto con el cultivo, agente, dosis, plazo y condiciones concretas de su caso antes de aplicar el producto.
En la etiqueta se darán las indicaciones oportunas para la correcta aplicación del producto.
GESTIÓN DE LAS RESISTENCIAS
Para prevenir o retrasar el desarrollo de la resistencia de las malas hierbas, se deberá alternar la aplicación de este herbicida con herbicidas que contengan modos de acción diferentes. Se recomienda, adoptar prácticas agronómicas adecuadas de control de malas hierbas, tales como rotaciones con otros cultivos, técnica de la falsa siembra, métodos de control mecánico…, etc. Asimismo se deben realizar evaluaciones periódicas para monitorear a lo largo del tiempo cualquier posible evolución de la susceptibilidad de las malas hierbas al producto y deben ser comunicadas a la Autoridad Competente (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, MAPA) en virtud del Artículo 56 del Reglamento 1107/2009.
Sin cambios históricos registrados todavía para este producto.